miércoles, 4 de diciembre de 2013

Tutorial del programa SUA

Nos complasemos en presentarles un pequeño tutorial sobre el programa SUA y sus componentes básicos:

Tutorial Sua by Jose Luis Mariano



Investigación autoría de:

Jose Luis Mariano Narciso

martes, 3 de diciembre de 2013

FACTURA ELECTRÓNICA

Todo lo que hay que saber sobre la Factura electrónica

Una factura electrónica, también llamada comprobante fiscal digital, es un documento electrónico que cumple con los requisitos legal y reglamentariamente exigibles a las facturas tradicionales garantizando, entre otras cosas, la autenticidad de su origen y la integridad de su contenido.

La factura electrónica es, por tanto, la versión electrónica de las facturas tradicionales en soporte papel y debe ser funcional y legalmente equivalente a estas últimas. Por su propia naturaleza, las facturas electrónicas pueden almacenarse, gestionarse e intercambiarse por medios electrónicos o digitales.

El sitio de Internet del SAT informa que;

A partir del 1 de enero de 2014 será obligatorio el uso de la Factura Electrónica para todos los contribuyentes, sin importar el monto de sus ingresos o tipo de actividad.
Desde ese momento, ya no serán válidas las facturas impresas con código de barras ni los Comprobantes Fiscales Digitales (CFD); por eso, es importante que desde ahora comiences a transitar a la nueva facturación electrónica con CFDI.

El SAT está emigrando hacia la facturación electrónica y para ello da 3 alternativas:
  1. Factura impresa por el contribuyente con código de barras bidimensional.
  2. CFD (Comprobante fiscal digital), para el cual se tuvo que haber emitido una factura antes del 1º de Enero de 2011, y
  3. CFDI (Comprobante fiscal digital por Internet), el cual es validado y enviado al SAT por un PAC (Proveedor Autorizado de Certificados).

¿QUIENES ESTÁN OBLIGADOS?

A partir del próximo año todas las personas físicas o morales que hayan tenido ingresos mayores a cuatro millones de pesos durante el ejercicio fiscal 2009 están obligadas a emitir facturas electrónicas. La excepción es en las transacciones menores a dos mil pesos, para las que existe la opción de emitir facturas en papel.

“Damos esa posibilidad porque en ese tipo de transacciones se puede usar efectivo, y tienen la opción de administrarlo de manera diferente”, explicó Garza Cantú.

Hay otra salvedad: hasta el 31 de diciembre de este año los impresores autorizados podrán hacer recibos, con vigencia de dos años. Las personas físicas o morales que así lo deseen pueden imprimir facturas y usarlas hasta que se les acaben o caduquen, sin importar el monto de la transacción, incluso para aquellos que superen el tope de cuatro millones de pesos.

FACTURA ELECTRÓNICA COMO TRANSFORMACIÓN DE LA FACTURA TRADICIONAL

Una factura es el justificante fiscal de la entrega de un producto o de la provisión de un servicio, que afecta al obligado tributario emisor (el vendedor) y al obligado tributario receptor (el comprador). Tradicionalmente, es un documento en papel, cuyo original debe ser archivado por el receptor de la factura. Habitualmente el emisor de la factura conserva una copia o la matriz en la que se registra su emisión.

La factura electrónica es el equivalente digital y evolución lógica de la tradicional factura en papel. A diferencia de esta, se emplean soportes informáticos para su almacenamiento en lugar de un soporte físico como es el papel.

En los países en los que la legislación lo admite, la validez de una factura electrónica es exactamente la misma que la de la tradicional factura en papel y gracias a la firma digital que incluye se garantiza su integridad y un alto nivel de trazabilidad, por lo que judicialmente es un documento considerado como vinculante y que no necesita de mayor prueba o confirmación que su propia existencia.

ASPECTOS GENERALES

La factura electrónica es un tipo de factura que se diferencia de la factura en papel por la forma de gestión informática y el envío mediante un sistema de comunicaciones que conjuntamente permiten garantizar la autenticidad y la integridad del documento electrónico.

Una factura electrónica se construye en 2 fases:
  1. Se crea la factura tal y como se ha hecho siempre y se almacena en un fichero de datos.
  2. Posteriormente se procede a su firma con un certificado digital o electrónico propiedad del emisor que cifra el contenido de factura y añade el sello digital a la misma
Al terminar obtenemos una factura que nos garantiza:
  • Que la persona física o jurídica que firmó la factura es quien dice ser (autenticidad) y
  • Que el contenido de la factura no ha sido alterado (integridad).
El emisor envía la factura al receptor mediante medios electrónicos, como pueden ser CD, memorias Flash e incluso Internet. Si bien se dedican muchos esfuerzos para unificar los formatos de factura electrónica, actualmente está sometida a distintas normativas y tiene diferentes requisitos legales exigidos por las autoridades tributarias de cada país, de forma que no siempre es posible el uso de la factura electrónica, especialmente en las relaciones con empresas extranjeras que tienen normativas distintas a la del propio país.

Los requisitos legales respecto al contenido mercantil de las facturas electrónicas son exactamente las mismas que regulan las tradicionales facturas en papel. Los requisitos legales en relación con la forma imponen determinado tratamiento en aras de garantizar la integridad y la autenticidad y ciertos formatos que faciliten la interoperabilidad.

La factura electrónica permite que instituciones, empresas y profesionales dejen atrás las facturas en papel y las reemplacen por la versión electrónica del documento tributario. 

Tiene exactamente la misma validez y funcionalidad tributaria que la factura tradicional en papel. Todo el ciclo de la facturación puede ser administrado en forma electrónica.

BENEFICIOS

Dependiendo del tamaño de las empresas y el volumen de su facturación, el ahorro en concepto de emisión y gestión de facturas (emisión, envío, recepción, almacenaje, búsqueda, firma, devolución, pago, envío, etc.) puede fluctuar entre el 40% y el 80%. 

Entre los motivos que hacen posible este ahorro se encuentran:
  • Oportunidad en la información, tanto en la recepción como en el envío.
  • Ahorro en el gasto de papelería.
  • Facilidad en los procesos de auditoría.
  • Mayor seguridad en el resguardo de los documentos.
  • Menor probabilidad de falsificación.
  • Agilidad en la localización de información.
  • Eliminación de espacios para almacenar documentos históricos.
  • Procesos administrativos más rápidos y eficientes.
  • Reducción de costes.
  • Mejora de la eficiencia.
  • Aumenta la seguridad documental.
  • Reducción en tiempos de gestión.
  • Mayor agilidad en la toma de decisiones.
Por otro lado, una vez que las empresas empiecen a operar con esta tecnología, se verán incentivadas a digitalizar otros documentos, logrando eficiencia y ahorro en otras áreas de la empresa. El control tributario se incrementa con la factura electrónica, ya que permite un mayor control del cumplimiento tributario y simplificación de la fiscalización.

FORMATOS UTILIZADOS

No existen requisitos formales respecto a la forma en que se debe proceder a la codificación de la factura, pero las modalidades más habituales son las siguientes:
  • PDF. Cuando el destinatario es un particular, un profesional o una PYME cuyo único interés sea guardar electrónica mente la factura, pero no evitar volver a teclear los datos ya que con este formato no se facilita el ingreso de los datos de la factura en el ordenador de destino.
  • XML. Cuando el envío es de ordenador a ordenador, puede también utilizarse este tipo de sintaxis. Es un lenguaje extendido principalmente en Norteamérica que poco a poco va ganando terreno en Europa. Existen diversas variantes cuya convergencia se espera en el marco de las Naciones Unidas.

FORMATOS DE LA FIRMA DIGITAL EN LA FACTURA ELECTRÓNICA.

Para cada formato existe una forma peculiar de codificar la firma electrónica:
  • XML. El formato de firma electrónica se denomina XAdES y se rige por la especificación TS 101 903. De las diferentes modalidades previstas por la norma, la más recomendable es la ES-XL que incluye información sobre el tiempo en el que se llevó a cabo la firma electrónica e información sobre la validez del certificado electrónico cualificado que la acompaña.
  • PDF.  El formato de firma de Adobe (derivado de PKCS#7) queda embebido dentro del formato PDF y permite asociar una imagen, por lo que es uno de los más adecuados para su visualización. La especificación del formato es la 1.6 y para la visualización se emplea Acrobat Reader v7 o Foxit PDF Reader. La apariencia de la firma es muy visual, ya que es posible asociar a la misma un gráfico como una firma digitalizada o un sello de empresa.
Investigación autoría de:
Jose Luis Mariano Narciso